Ayudas COVID-19 para vivienda: hipotecas y alquileres

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El Gobierno central, así como el resto de administraciones, han lanzado una serie de ayudas en materia de vivienda con motivo de la crisis del COVID-19. Estas ayudas tratan de paliar las consecuencias económicas de la crisis sanitaria que estamos viviendo: desde moratorias en hipotecas, hasta ayudas en los alquileres y microcréditos. Estas son las principales ayudas para vivienda:

Moratoria de hipotecas

Una de las principales medidas para la lucha contra los efectos económicos y sociales del coronavirus es el aplazamiento en el pago de las hipotecas. Esta moratoria se da para personas en situación de vulnerabilidad para la vivienda habitual, local y oficina, vivienda que esté alquilada (y no se cobre la renta) y si se es un avalista o fiador de una persona con deuda hipotecaria.

Requisitos

  • Que la cuota hipotecaria más los gastos y suministros básicos sea igual o superior al 35% de los ingresos netos que reciba la unidad familiar.
  • Que  haya sufrido una alteración significativa de las circunstancias económicas del deudor (requisitos aquí)

Información completa de la Moratoria de la deuda hipotecaria.

Moratoria de deuda del alquiler

En este paquete de medidas urgentes se incluye también el aplazamiento de las mensualidades del alquiler para el mantenimiento de sus hogares por la caída de sus ingresos ante la paralización de gran parte de la actividad económica provocada por el COVID-19. La renta se aplaza a partir de la siguiente mensualidad que toque pagar mediante el fraccionamiento de las cuotas (durante al menos 3 años) tras la superación del estado de alarma. Este tipo de moratoria se da cuando el arrendador es un gran tenedor de viviendas.

El inquilino no tendrá ningún tipo de interés a pagar ni penalización. Este aplazamiento se dará salvo los casos en que el inquilino y casero hayan pactado una condonación o aplazamiento de todo o parte de la deuda.

Requisitos

  • Contrato de arrendamiento de vivienda habitual
  • Que se encuentre en situación de vulnerabilidad acreditada
  • Que el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor de viviendas.

Información completa de la Moratoria del alquiler.

Ayudas para el pago del alquiler

Si el arrendador es un pequeño propietario, el inquilino en situación de vulnerabilidad económica podrá pedir a su casero un “aplazamiento temporal y extraordinario” en el pago de la renta. El casero puede negarse en el plazo de siete días tras comunicarle el deseo del aplazamiento de la mensualidad.

El casero podrá reducir un 50% la renta del alquiler mientras dure el estado de alarma o realizar una moratoria del pago de la renta del alquiler durante el estado de alarma.

Requisitos

  • Contrato de arrendamiento de vivienda habitual
  • Que se encuentre en situación de vulnerabilidad acreditada
  • Que el propietario no sea empresa, entidad pública o gran tenedor de viviendas.

Información completa de las Medidas para el pago de alquiler a la vivienda.

Ayuda para el pago del alquiler: aval bancario

El Estado avala a personas en situación de vulnerabilidad para que las entidades bancarias ofrezcan financiación que se utilice para el pago de deuda de alquiler. La devolución de estos préstamos serán por un plazo máximo de 6 años prorrogables en excepciones por otros 4. Los préstamos son a coste cero, sin intereses.

Requisitos

  •  Debes encontrarte en situación de vulnerabilidad económica sobrevenida como consecuencia de la crisis sanitaria.

Información completa de las Medidas para el pago de alquiler a la vivienda: aval bancario.

 

Préstamos del estado para ayudas para el pago del alquiler

Si una persona que solicitó el aval bancario del Estado para la financiación del pago del alquiler se encontrara en la imposibilidad de devolver este préstamos, se ofrecen ayudas extraordinarias para solventar esta deuda. Solo podrán destinarse al pago de las ayudas percibidas durante la crisis sanitaria por el pago de la renta del alquiler.

Las cuantías de las ayudas tienen como límite máximo 900€ al mes y no podrán superar la cantidad todal de 5.400€

Requisitos

  • Ser persona física y encontrarte en situación de vulnerabilidad por la crisis sanitaria.
  • Continuar con problemas para atender al pago del alquiler.
  • Que el inquilino no sea familia cercana del casero.

Información completa de las Préstamos del estado para ayudas para el pago del alquiler.

Ayudas de la Junta de Castilla y León en materia de vivienda

La Junta de Castilla y León ha dado a conocer una serie de medidas extraordinarias en materia de vivienda por la crisis del COVID-19:

Medidas de vivienda de promoción directa:

  • Se reduce un 50% el importe de las mensualidades del alquiler en todos los contratos de viviendas de proteción pública de la JCyL por un máximo de 4 meses.
  • Se aplaza el pago del 50% del importe de las mensualidades de la renta de alquiler restante desde la declaración del estado de alarma hasta el último mes

Ayudas en los alquileres de vivienda habitual

  • Ayudas al alquiler, para arrendatarios de vivienda habitual en Castilla y León que, como consecuencia del impacto COVID-19, tengan problemas transitorios para pagar el alquiler, o para devolver los préstamos avalados por el ICO. Las ayudas deben destinarse obligatoriamente al pago de la renta del alquiler.
  • Estas ayudas están destinadas a sufragar el gasto de hasta el 100% de la renta arrendaticia con el límite de 500 euros al mes. El periodo máximo subvencionable son cuatro mensualidades (comprendidas entre abril-septiembre de 2020)

Información completa de las medidas de la Junta de Castilla y León.

Ayudas complementarias del Ayuntamiento de Burgos

El Ayuntamiento de Burgos ha lanzado una serie de ayudas destinadas a complementar las ayudas estatales en materia de vivienda con relación a la crisis sanitaria del COVID-19. Estas ayudas todavía no se han desarrollado, pero se prevén que la dotación llegue a los 1.200.000 euros.

Ante el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España que establece una moratoria para la amortización de los préstamos por la compra de los locales comerciales, de hostelería, autónomos y Pymes, similar para al establecido también para las hipotecas, el Ayuntamiento establecerá una línea de ayudas complementarias para el pago de los alquileres de este tipo de locales, que en todo caso diferenciarán los requisitos para el sector comercial respecto al sector hostelero y otras Pymes que sean objeto de esta convocatoria.

Información completa del acuerdo de medidas extraordinarias de apoyo económico para personas vulnerables del Ayuntamiento de Burgos.